DESGRAVAR DONACIONES DE EMPRESAS IMPUESTO DE SOCIEDADES.
- Durante los primeros 3 años te desgravarás el 35% de tus donaciones.
- A partir del tercer año te desgravarás el 40% de tus donaciones. (Siempre que el importe donado en cada uno de los años sea mayor o igual al que donaste en el año anterior).
- El límite de deducción de la base liquidable es del 10%. El límite de la deducción sobre la base liquidable se mantiene en el 10%. Artículo 19 (Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) 1de la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
ANEXO
- Puede ser que estas deducciones sufran alguna variación si vives en una Comunidad Autónoma sujeta a un régimen foral particular o que tengan algún tipo de deducción adicional por donaciones. Es por ello que estas desgravaciones pueden ser distintas.
- Recuerda que para que podamos informar a Hacienda del importe de tus aportaciones es imprescindible que nos des tu nombre y apellidos, NIF/CIF y domicilio (tal como aparecen en tu DNI/CIF).